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En el ámbito de los vehículos históricos, las recientes
actualizaciones en la normativa de la ITV han despertado gran interés entre los
propietarios de estos coches clásicos.
A partir de las actualizaciones del nuevo Real Decreto 892/2024 que entró en vigor el 1 de octubre, podemos observar algunos cambios
que modifican y actualizan ciertos requisitos importantes, ofreciendo una mayor
flexibilidad en el trámite, además de establecer un marco más favorable para la
preservación de estos automóviles, que representan un valioso patrimonio.
Los vehículos que deseen ser clasificados como "históricos" lo siguientes vehículos:
1. Los que reúnan todas las condiciones siguientes:
2. Los vehículos incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, o declarados bienes de interés cultural y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante o intervenido en algún acontecimiento con trascendencia histórica y así resulte acreditado documentalemente.
Asimismo, los vehículos se dividen en dos grupos para su clasificación.
GRUPO A
Vehículos que, cumplan los criterios del apartado 1 anterior, tengan matrícula ordinaria en España y tengan su ITV en vigor.
Sin reformas:
Deben presentar una declaración responsable en la Jefatura Provincial de Tráfico (JPT), acompañada de 4 fotografías del vehículo.
Con reformas anotadas en la tarjeta ITV:
Además de la declaración responsable y las 4 fotografías, se deberá adjuntar el Anexo III, un "Certificado de reformas previas a la clasificación como vehículo histórico" emitido por un servicio técnico especializado en vehículos históricos.
[En ambos casos, durante la primera inspección periódica tras la clasificación como vehículo histórico, se verificará el Anexo III para corroborar la correspondencia entre las reformas y el vehículo]
Con reformas no legalizadas:
Se requerirá una declaración responsable, 4 fotografías y el Anexo IV, un "Certificado de conformidad de reformas realizadas tras la clasificación como vehículo histórico". Este documento debe ser emitido por un servicio técnico especializado. Al realizar la primera inspección periódica, la ITV anotará de oficio estas reformas en la tarjeta del vehículo, según lo indicado en el Anexo IV.
GRUPO B
- El resto de vehículos que cumplen los criterios necesarios para catalogación como históricos pero que no disponen de matrícula ordinaria en España ni de ITV en vigor
- Para los vehículos con matrícula ordinaria en España pero la cual no se corresponde con las otorgadas en esa fecha de matriculación o fabricación.
¡Importante! Debes tener en cuenta que el uso de vehículos históricos cuenta con limitaciones. En este caso, nos referimos al uso ocasional del vehículo, ya que solo se podría circular con él un máximo de 96 días al año.
Entre las novedades más destacadas en la normativa de la ITV para vehículos históricos se encuentran:
Los plazos de la ITV para vehículos históricos suelen ser más amplios que los de los vehículos convencionales. Nuevas periodicidades para la ITV:
- Vehículos con 30 a 40 años: Cada 2 años (excepto motocicletas, que será cada 4 años).
- Vehículos con 40 a 45 años: Cada 3 años (excepto motocicletas, que será cada 4 años).
- Vehículos con 45 a 60 años: Cada 4 años.
- Vehículos con más de 60 años: Exentos de pasar la ITV
- Todos los ciclomotores históricos independientemente de su antigüedad: Exentos de pasar la ITV
Los vehículos históricos estarán exentos de portar la conocida “pegatina” de la ITV (V-19), y en su lugar llevarán el distintivo 'H'. Este nuevo distintivo tiene las siguientes características:
- Indica que el vehículo está clasificado como histórico.
- En el caso de vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se colocará en este, por su cara interior, en el ángulo superior del lado contrario al del puesto de conducción. La cara impresa del distintivo será autoadhesiva.
- En el resto de los vehículos, el distintivo se colocará en sitio bien visible. La cara sin imprimir del distintivo será autoadhesiva.
- Los distintivos de vehículo histórico son circulares, con la letra H mayúscula en su interior, y tienen un diámetro de un máximo de 97 mm y un mínimo de 60 mm para los vehículos que disponen de parabrisas y de 60 mm para el resto de vehículos, debiendo ajustarse el adhesivo a la forma y color que se indica a continuación: