El nuevo año 2018 vendrá con novedades en las pruebas de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), aunque tendremos que esperar hasta el 20 de mayo, que es cuando entrará en vigor el Real Decreto 920/2017
que las regula, ya aprobado por el Consejo de Ministros y publicado en
el BOE. Esta medida forma parte de los objetivos estratégicos de la
Comisión Europea, tal y como dejó patente en el comunicado “Hacia un Espacio Europeo de Seguridad Vial: orientaciones políticas sobre seguridad vial 2011-2020”.
En particular, responde a uno de ellos: reducir a la mitad, en el año
2020, el número de víctimas de accidentes de tráfico. Y es que, tal y
como aseguran fuentes de la Comisión, la inspección periódica
debe ser el principal instrumento para garantizar que los vehículos se
encuentran en buenas condiciones para circular, garantizando así la seguridad, tanto para las personas como para el medio ambiente.
El Real Decreto 920/2017 da transposición (traslada al ordenamiento jurídico nacional) a la directiva Europea de Control Técnico: la DIRECTIVA 2014/45/UE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 3 de abril de 2014 relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE. Esta Directiva uniformiza los criterios mínimos de inspección en los veintiocho países de la Unión Europea.
¿Cuáles son las novedades más destacadas que traerá consigo la nueva normativa? Vamos a verlas.
Los centros de Inspección Técnica de Vehículos (ITV)
dispondrán de nuevas herramientas para garantizar los mejores
resultados, chequear los modernos sistemas electrónicos y evitar
fraudes. Contarán con nuevos dispositivos de lectura del sistema de diagnóstico a bordo
(OBD), que permitirán inspeccionar los sistemas de seguridad
electrónicos y de control de emisiones que establece el nuevo Real
Decreto de ITV. El puerto OBD es obligatorio para todos los vehículos
vendidos en Europa a partir de 2003 y es el sistema utilizado para
diagnosticar determinados fallos mecánicos o electrónicos.
Los dispositivos de que dispondrán
las estaciones de ITV serán capaces de comprobar elementos como el
sistema de identificación del vehículo y el kilometraje; los sistemas
electrónicos de estabilidad (ESC), el sistema antibloqueo de frenos
(ABS), los sistemas de retención (airbags, pretensores, SRS), los
sistemas de alumbrado y señalización, el regulador activo de velocidad,
el corrector automático de los faros y los nuevos sistemas de
iluminación, entre otros. Dificultarán, además, prácticas como la
reprogramación de centralitas para alterar el rendimiento del motor de
los vehículos.
Estos dispositivos se están
implantando de manera paulatina en todas las estaciones, con el fin de
que estén plenamente operativas en mayo del próximo año 2018.
Por otro lado, el nuevo reglamento garantizará que los técnicos que trabajan en estos centros estén más y mejor preparados ya que, para acceder al puesto de inspector, se deberá acreditar una titulación, como mínimo, de Técnico Superior en Automoción.
Con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y a garantizar las mejores condiciones de circulación de vehículos, en la nueva ITV se realizarán pruebas aún más exhaustivas de emisiones contaminantes, gracias a las nuevas herramientas de que dispondrán los centros, con el fin de detectar posibles fallos y manipulaciones indebidas.
Los plazos obligatorios para pasar la ITV se mantienen, aunque se introduce una novedad: existirá la posibilidad de pasar la ITV hasta treinta días naturales antes de su vencimiento, sin que ello suponga un cambio en la facha de renovación de la misma.
También se modifican los plazos para
los vehículos de alquiler, que pasan de tener que pasar la ITV a los dos
años, a hacerlo a los cuatro. La renovación del parque de este tipo de
vehículos y las buenas condiciones y baja siniestralidad de los mismos
ha llevado a las autoridades a hacer esta modificación.
Además, otro de los cambios que trae la nueva normativa es que, en caso de certificado desfavorable de la prueba, los propietarios de los vehículos podrán pasar la segunda inspección en otra estación distinta, siempre que no transcurra más de un mes desde el resultado fallido. Eso sí, lo que no cambiará será lo que dicta la ley sobre las obligaciones de los conductores ante dictámenes negativos: en caso de fallos graves, el vehículo solo podrá desplazarse desde la estación de ITV hasta un taller y viceversa, y en caso de fallos muy graves, deberá hacerlo por medio de una grúa.
Por último, para los que adquieran su vehículo en el extranjero, el nuevo Real Decreto permitirá reconocer, en determinados casos, un certificado de ITV emitido por otro estado miembro de la UE. Aun así, el comprador tendrá que acudir a un centro de ITV para tramitar la inspección documental.
Todas las pruebas específicas de la nueva ITV vendrán determinadas por el Manual de Procedimiento de Inspección de las Estaciones ITV, que se elabora periódicamente por las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.
En resumen, el nuevo Real Decreto regulador de la Inspección Técnica de Vehículos actualiza los métodos de inspección adaptándolos al progreso técnico, uniformiza aún más en la Unión Europea los procesos de inspección y potencia la importancia de la actividad ITV en su actuación independiente de los fabricantes y reparadores de vehículos y, por lo tanto, supone un escalón más en la protección del consumidor.